Compliance officer
El deber de vigilancia se atribuye a los órganos superiores de la empresa, administradores o consejo de administración, si bien es aconsejable que se delegue a terceros internos o externos a la corporación: los Compliance officers o el departamento de cumplimiento.
Las funciones del Compliance officer son básicamente cuatro:
Velar por el cumplimiento del programa
Establecer los medios necesarios y la formación de todas las personas implicadas
Adaptar y modificar el programa según las circunstancias
Instruir las denuncias
En este sentido, proponemos dos regímenes diferenciados en función de las dimensiones de la empresa:
Función interna de Compliance officer
Función externalizada de Compliance officer
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